RESOLUCIÓN de 25 de mayo de 2010, de la Delegación Provincial de Educación de Córdoba por la que se aprueban el Calendario y la Jornada Escolar para el Curso Académico 2010/2011. De acuerdo con esta resolución y de conformidad con lo dispuesto en DECRETO 301/2009, de 14 de julio:
En el segundo ciclo de Educación Infantil (3/6 años), Educación Primaria y Educación especial las clases comenzarán el día 10 de septiembre, siendo el número total de días lectivos de 178.
Para el alumnado de ESO, Bachillerato, FP inicial, Enseñanzas de Idiomas de Régimen Especial, Enseñanzas Artísticas y Educación Permanente para Personas Adultas el régimen ordinario de clases comienza el 15 de septiembre. El número de días lectivos para estas enseñanzas será de 175.
En el segundo ciclo de educación infantil, la posibilidad de flexibilizar el horario durante las dos primeras semanas del curso es una medida que sólo puede extender sus efectos al alumnado que asiste a clase por primera vez y presenta dificultades de integración. En ningún caso, la flexibilidad horaria se adoptará con carácter general para todo el alumnado de las unidades de 3 años. La conveniencia de aplicar una posible flexibilización horaria a un alumno o alumna corresponde al tutor/a de común acuerdo con los padres, madres o personas que ejerzan la tutela.
La finalización del régimen ordinario de clases no será anterior al día 22 de junio de 2011.
Periodos vacacionales y días festivos:
• Desde el 24 de diciembre de 2010 hasta el 6 de enero de 2011, ambos inclusive.
• Desde el 18 al 24 de abril de 2011, ambos inclusive.
Los días festivos de ámbito nacional y autonómico serán los establecidos por el Consejo de Ministros y el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, respectivamente.
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