8 de mayo de 2011

Decreto 416/2008 por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes al bachillerato en Andalucía.

Las normas generales de ordenación del Bachillerato entre otras son las siguientes:

a) El Bachillerato forma parte de la educación secundaria posobligatoria y comprende dos cursos académicos. En régimen ordinario, el alumnado podrá permanecer cursando Bachillerato durante cuatro años, consecutivos o no.
b) El Bachillerato se organizará en materias comunes, en materias de modalidad y en materias optativas.

ORGANIZACIÓN DE LAS ENSEÑANZAS:

Las modalidades del Bachillerato serán las siguientes:

a) Artes.
b) Ciencias y Tecnología.
c) Humanidades y Ciencias Sociales.

Las modalidades de Ciencias y Tecnología y de Humanidades y Ciencias Sociales tendrán una estructura única. No obstante, dentro de cada una de ellas, de acuerdo con lo que a tal efecto establezca por orden la Consejería competente en materia de educación, los centros podrán organizar bloques de materias, fijando en el conjunto de los dos cursos un máximo de tres materias por bloque elegidas de entre las que configuran
la modalidad respectiva.

Los centros docentes que impartan Bachillerato, con la excepción de las Escuelas de Arte, ofertarán, al menos, dos modalidades del mismo. A estos efectos, ofrecerán la totalidad de las materias, de dichas modalidades y, en su caso, de las vías. Sólo se podrá limitar la elección de materias por parte del alumnado cuando haya un número insuficiente de ellos, según criterios objetivos establecidos para la planificación
educativa por la Consejería competente en materia de educación. Cuando la oferta de materias en un centro quede limitada por razones organizativas, los alumnos y las alumnas podrán cursar dichas materias mediante la modalidad de educación a distancia o en otros centros escolares, en la forma que establezca a tal efecto la Consejería competente en materia de educación.

Materias comunes:

Primer curso:

Ciencias para el Mundo Contemporáneo.
Educación Física.
Filosofía y Ciudadanía.
Lengua Castellana y Literatura I.
Lengua Extranjera I.

Segundo curso:
Historia de la Filosofía.
Historia de España.
Lengua Castellana y Literatura II.
Lengua Extranjera II.

Materias de modalidad de Ciencias y Tecnología:

Primer curso:

Biología y Geología.
Dibujo Técnico I.
Física y Química.
Matemáticas I.
Tecnología Industrial I.

Segundo curso:

Biología.
Ciencias de la Tierra y Medioambientales.
Dibujo Técnico II.
Electrotecnia.
Física.
Matemáticas II.
Química.
Tecnología Industrial II.

El alumnado cursará tres materias propias de modalidad en cada una de los cursos.Los centros docentes podrán establecer bloques de materias en cada curso. Tanto en primero como en segundo curso, el alumnado debe cursar obligatoriamente Matemáticas. Además, en el segundo curso, deberá cursar, con carácter obligatorio, una de las siguientes materias: Física, Química o Biología. En este caso deberá haber cursado, en primer curso, Física y Química o Biología y Geología.

Materias de modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales:

Primer curso.

Latín I.
Griego I.
Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales I.
Economía.
Historia del Mundo Contemporáneo.

Segundo curso.

Historia del Arte.
Latín II.
Griego II.
Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales II.
Literatura Universal.
Economía de la Empresa.
Geografía

El alumnado cursará tres materias de modalidad en cada una de los cursos. Los centros docentes podrán establecer bloques de materias en cada curso. En todo caso, se tendrá en cuenta que en primer curso el alumnado deberá cursar obligatoriamente Historia del Mundo Contemporáneo. Además, en el segundo curso, deberá cursar, con carácter obligatorio, una de las siguientes materias: Historia del Arte, Literatura Universal, Geografía, Latín II o Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales II. En el caso de estas dos últimas materias deberá haber cursado, en primer curso, Latín I o Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales I.

Materias optativas:

En el primer curso los centros ofertarán como materia optativa la Segunda Lengua Extranjera, que deberá cursar todo el alumnado, y una segunda materia optativa denominada Proyecto Integrado, que tendrá carácter práctico y completará la formación del alumnado en aspectos científicos relacionados con la modalidad por la que opte. En segundo curso, los centros podrán ofertar una materia optativa de entre las materias propias de la modalidad. Entre estas materias de modalidad, se ofertará obligatoriamente Historia de la Música y de la Danza en el Bachillerato de Humanidades y Ciencias Sociales. Además, los centros incluirán, de manera obligatoria, una Segunda lengua extranjera y Tecnologías de la información y la comunicación. Asimismo, en segundo curso, se impartirá una segunda materia optativa denominada Proyecto Integrado, de iguales características que en el primer curso.

El cómputo total de horas lectivas semanales del alumnado será de 30 en cada uno de los cursos del Bachillerato. Los centros docentes, en el uso de su autonomía pedagógica y de organización, podrán establecer módulos horarios de duración diferente a una hora, respetando, en todo caso, el número total de horas lectivas fijadas.

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